Autónomo y Asalariado: Ventajas y Desventajas

¿Eres trabajador por cuenta ajena pero te gustaría tener un pequeño proyecto propio como autónomo? ¿No sabes si esto es posible? ¿Quieres saber cómo funciona la cotización en ese caso? ¿Y la jubilación? Te damos todos los detalles para que conozcas un caso poco conocido, pero más habitual de lo que pueda parecer: la de aquel que es autónomo y asalariado al mismo tiempo.

Autónomo o asalariado, dos opciones con sus propias ventajas y desventajas

Debido a las condiciones actuales del mercado laboral en España, cada vez hay más personas que se plantean la posibilidad de comenzar una andadura como trabajador por cuenta propia o, como se conoce más habitualmente, trabajador autónomo.

En ciertas ocasiones ser autónomo puede ser apetecible de cara a emprender un negocio que nos ofrezca libertad, opciones de crecimiento o, sencillamente, sea la opción más viable dentro de nuestro sector.

Por desgracia, cuando eres autónomo la sencillez y estabilidad no suelen abundar. Por otro lado, trabajar como asalariado ofrece menos complicaciones, un salario mínimo estipulado por ley y una cierta estabilidad.

¿Puedes ser autónomo y asalariado?

Ante este panorama, muchas personas que ya tienen un trabajo como asalariado o autónomo, se plantean la posibilidad de compaginar ambas modalidades y quieren resolver la pregunta que aquí nos trae, ¿puedes ser autónomo y asalariado?

Sí, puedes ser autónomo y asalariado al mismo tiempo, la legislación reconoce esta situación y contempla toda una serie de medidas para tratar este caso tan particular.

Este fenómeno se denomina, a nivel legal, como pluriactividad de los autónomos. Está pensado para aquellas personas que, estando contratados por una empresa y cobrando una nómina, tienen su propio proyecto como empresarios autónomos.

¿Autónomo o asalariado? No tienes por qué descartar una de ellas

Ambas actividades económicas son perfectamente compatibles salvo que la empresa para la que trabajas lo haya indicado en tu contrato. Pese a que no sea habitual,

Sin embargo, recuerda que solo te deberás permanecer dado de alta como autónomo cuando se trate de una actividad económica continua, es decir: si haces un encargo puntual únicamente deberás darte de alta, declarar la factura con el IVA e IRPF (si no es un encargo para un particular) y volver a darte de baja inmediatamente.

¿Es lo mismo la pluriactividad que el pluriempleo?

Algunas personas confunden los términos legales de pluriactividad y pluriempleo. La pluriactividad consiste en ser autónomo y asalariado al mismo tiempo, mientras que el pluriempleo significa trabajar para dos empresas distintas al mismo tiempo, pero en ambos casos como trabajador por cuenta ajena (o asalariado).

La diferencia entre ambas, aunque pueda no parecer muy relevante, es importante cuando consideramos las implicaciones legales y fiscales, como por ejemplo la cotización o la pensión por jubilación.

En ambos casos, tanto el de pluriactividad como el de pluriempleo, si te despiden de uno de tus empleos no podrás cobrar la prestación por desempleo. Esto se debe a que dicha prestación está orientada a aquellas personas que no están consideradas trabajador en activo. Como es lógico, si todavía trabajas para una empresa o estás dado de alta como autónomo, a ojos de la administración no calificas como candidato a la prestación por desempleo.

¿Cómo cotizan los autónomos pluriactivos?

Aquellos que sean autónomos y asalariados al mismo tiempo deben cotizar en dos regímenes distintos de la Seguridad Social al mismo tiempo: el RETA como autónomo y el Régimen General como asalariado.

Cuando eres asalariado, tu empresa descuenta automáticamente parte de tu sueldo para pagar tus cotización a la Agencia Tributaria, en cambio, como autónomo eres tú el que paga la cotización desde tu cuenta. Lo cual crea una duda razonable a efectos prácticos… ¿pagas dos veces a la Seguridad Social?

La respuesta corta es que sí, pero para estas situaciones existen una serie de incentivos y ventajas que harán que la figura del autónomo pluriactivo no sea tan poco rentable o, directamente, deficitaria.

Ventajas y bonificaciones al cotizar como autónomo y asalariado.

  1. Devolución automática del exceso de cotización: Si tus cotizaciones totales superan una cuantía específica en función de tus ingresos, la Tesorería General de la Seguridad Social te devolverá una vez al año, de oficio, el 50% de tus cotizaciones anuales. En 2024 estas cotizaciones ascienden a 16.030,82€
  2. Tarifa plana para autónomos pluriactivos: Los autónomos pluriactivos también están obligados a darse de alta en el RETA, pero en su caso disfrutan de una tarifa plana para autónomos específica, la cual será permanente (mientras dure tu situación de pluriactividad) y con un coste de 80€ mensuales.
  3. Bonificaciones en la cotización como autónomo: Tienes la posibilidad de elegir entre la tarifa plana específica o bien las bonificaciones especiales por pluriactividad. En caso de que elijas estas, podrás cotizar al 50% de la base mínima (la cual son 230€, que se quedarían en 115€) durante 18 meses y al 75% desde ese momento. Si tu trabajo como asalariado es a jornada parcial, en lugar de ser un patrón 50% y 75%, será 75% y 85%.
¿Cómo es la pensión de jubilación cuando eres autónomo y asalariado?

¿Cómo funciona la jubilación si has sido autónomo y asalariado?

La jubilación es un momento crucial en la vida de cualquier trabajador, y para los autónomos no es una excepción. A diferencia de los trabajadores por cuenta ajena, que cotizan a la Seguridad Social a través de su empresa, los autónomos deben gestionar su propia cotización. Esto implica conocer las diferentes opciones disponibles y elegir la que mejor se adapte a sus necesidades.

La respuesta a la pregunta que seguramente ronde tu cabeza es… Sí, podrás cobrar una pensión de jubilación como autónomo y otra por haber trabajado por cuenta ajena, siempre y cuando hayas cotizado durante al menos 15 años en ambos regímenes.

Otra de las cualidades más interesantes de la jubilación para aquellos que han sido autónomo y asalariado es que puedes jubilarte y seguir trabajando: Los autónomos pluriactivos pueden, si cumplen las condiciones, jubilarse con una pensión activa, que supone cobrar el 50% de la pensión mientras sigues con tu actividad como autónomo.

Contabilización de los años cotizados para autónomos pluriactivos

En caso de que no llegues a los 15 años en alguna de las dos opciones, puedes acumular la cotización en aquel régimen en el que sí puedes cotizar, de esta forma no perderás los años que hayas cotizado en otra modalidad.

Por ejemplo, una persona que haya cotizado 20 años como asalariado y 5 como autónomo, podrá contabilizar en su jubilación el equivalente a una pensión de jubilación por haber trabajado 25 años como asalariado.

Conclusión

Ser autónomo y asalariado tiene es una opción perfectamente viable dentro de la economía y legislación española actuales. Tendrás a tu disposición ciertas bonificaciones para ayudarte en esta modalidad de trabajo tan especial, y la única desventaja a considerar es que si pierdes tu empleo como asalariado, no tendrás a tu disposición los ingresos correspondientes a la prestación por desempleo, con lo que si no estás facturando demasiado como autónomo… puede ser más problemático que en otras situaciones.

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