Si te acaban de reclamar el pago de una deuda, es posible que en función de las fechas te plantees si se trata de una deuda prescrita, cuál es el plazo para que prescriba, o qué deberías hacer en cada situación. Al buscar en internet, es posible que te encuentres con mucha información contradictoria y, por desgracia, mucha gente aprovechándose de tu falta de información para hacer negocio con ella.
Antes de nada, tienes que tener en cuenta una serie de hechos: la legislación de cada país y comunidad autónoma tiene sus propias variaciones, cada caso tiene muchos matices y, como en todo en la vida, es mejor dejarse guiar por un experto de confianza.
Sin embargo, estar informado antes de depositar nuestra confianza en un profesional no solo no te perjudicará, sino que te ayudará a tomar una decisión de forma más responsable, ayudándote a evitar caer en las innumerables estafas que existen dentro del mundo financiero. En tan solo unos minutos, vamos a intentar aclarar una serie de conceptos que te serán útiles:
¿Qué es una deuda prescrita?
Cuando hablamos de la prescripción en el ámbito de las deudas, en el ámbito legal se define la prescripción como el derecho que tiene el deudor a que, tras un plazo específico de tiempo, la deuda no pueda ser reclamada legalmente.
Es decir, una deuda prescrita es aquella que no se puede continuar exigiendo legalmente por parte de un acreedor en concreto, aunque en España existen una serie de variables y excepciones que analizaremos a lo largo del artículo.
¿Cuánto tarda en prescribir una deuda?
En España, dependiendo del tipo de deuda existen plazos distintos para que una deuda se considere prescrita. Además de estos plazos, cada tipo de deuda tiene una serie de condiciones bajo las cuales se puede interrumpir la prescripción o, incluso, reiniciarse el plazo de prescripción.
Plazos y condiciones de prescripción de algunas de las deudas más comunes en España:
Financieras
- Las Deudas Financieras, por ejemplo relativas a préstamos, créditos, etc., tienen un plazo de prescripción de 15 años desde el momento en que vence la deuda, aunque en el caso de los préstamos hipotecarios puede ascender a 20 años.
- El plazo se puede interrumpir si el acreedor lleva a cabo gestiones de cobro extrajudiciales o en caso de que tenga lugar un proceso judicial relativo a la cuestión.
Tributarias
- Las deudas tributarias o deudas con Hacienda tienen un plazo de prescripción de 4 años por lo general, pero es distinto en función del impuesto que no haya pagado el deudor o de la situación particular.
- Puede ampliarse hasta 10 años en caso de que se acredite que el deudor haya cometido fraude o falsedad.
Derivadas de Contratos
- El plazo de prescripción será de 15 años desde el incumplimiento del contrato o desde la exigencia del cumplimiento.
- El plazo de prescripción se interrumpe en el momento en que se realice una reclamación, ya sea judicial o extrajudicial.
Servicios
- El plazo de prescripción habitual de las Deudas por Prestación de Servicios es de 5 años desde que la deuda es exigible.
- En el momento en que el deudor reconoce la deuda, o la deuda ha sido objeto de reclamación extrajudicial, el plazo se interrumpe y se vuelve a reiniciar. En caso de que sea reclamada de forma judicial, el plazo se interrumpe.
Existen muchos otros plazos de prescripción en función del tipo de contrato, como el caso de Deudas Específicas (comida, honorarios de profesionales, etc.), o incluso, en el caso de las Deudas de Herencias entre coherederos, propietarios de fincas colindantes y similares, la deuda nunca prescribe.
De nuevo, te recordamos que este artículo pretende ayudarte a informarte y tomar decisiones de forma informada, pero no debe sustituir la ayuda de un profesional especializado que estudie tu caso concreto.
¿Puede interrumpirse la prescripción de una deuda?
Como hemos visto en el punto anterior, sí, el plazo de prescripción de las deudas puede interrumpirse y, en algunos supuestos, incluso pueden reiniciarse.
Es bastante habitual en España que algunas entidades, al constatar las dificultades para reclamar una deuda (y/o en función de los plazos de prescripción) vendan dicha deuda a Fondos Buitre o Empresas de Cobro especializadas, las cuales pondrán en funcionamiento de forma continua todos los mecanismos a su alcance para que la deuda no prescriba, así como otros destinados a facilitar el cobro de la misma.
En caso de que un Fondo Buitre, Banco o Empresa de Cobro te reclame una deuda por la vía extrajudicial o judicial, es posible oponerse a la misma mediante la apelación a la prescripción o que la cantidad a deber, traspaso de la deuda y/o intereses son usurarios y abusivos.
¿Pueden reclamarme una deuda prescrita?
Sí, pueden reclamarte una deuda prescrita. En este momento debes tener dos hechos en cuenta: No siempre estás obligado a pagar una deuda prescrita, pero también es posible que no seas consciente de si la deuda ha prescrito realmente o de qué matices legales se te están escapando, y estos matices son realmente serios, pues pueden llevar a situaciones tan desagradables como que un juez declare el embargo de tus bienes, con lo que tampoco te conviene ignorar por completo la reclamación de una deuda que consideras prescrita.
Me reclaman una deuda prescrita, ¿qué hacer?
En caso de que te encuentres en la situación de que te sea reclamada una deuda prescrita, debes de tener en cuenta lo siguiente:
- Intenta informarte respecto a los derechos de protección a deudores que existen en España. Puedes encontrar información al respecto en la página web del Defensor del Pueblo, así como ponerte en contacto con la institución.
- Lleva un registro detallado y copias de tus comunicaciones, transacciones y todo lo relativo a la deuda prescrita.
- Analiza tu situación financiera para evaluar si puedes hacer frente y cómo a la deuda prescrita. Comprueba tus ingresos, gastos, activos y detalles como si estás incluido en ASNEF.
- Evita hacer pagos parciales de la deuda prescrita sin contactar antes con un abogado especializado en deudas o con alguna ONG especializada como la Asociación Española de Afectados por la Deuda, ya que dichos pagos parciales pueden reiniciar el plazo de prescripción de la deuda.
- Contesta de manera formal al acreedor para informarte acerca de los detalles de la deuda prescrita. No hacerlo puede dar lugar a que la próxima notificación sea la notificación de embargo.
- Consulta tu caso con asesores financieros o abogados especializados, pues existen ciertos movimientos como los mencionados anteriormente que pueden hacer que tu situación mejore o empeore rápidamente.
Conclusión
En caso de que te reclamen una deuda que ya consideras prescrita, no es buena idea que desatiendas la cuestión en absoluto. En España, el plazo para considerar prescrita una deuda varía en función del caso, y dicho plazo puede reiniciarse en diferentes situaciones. A ello se suma el riesgo de que la siguiente notificación que recibamos sea la notificación de embargo, por lo que te recomendamos intentar resolver la deuda -si es posible- o ponerte en contacto con ONGs, instituciones y/o profesionales especializados en deudas para que estudien tu caso de forma personalizada.
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