¿Sabes qué pasaría con el dinero que tienes en la cuenta si mañana quebrase tu banco? No mucha gente lo sabe, pero el Fondo de Garantía de Depósitos (FGD) cubriría hasta 100.000€ por cliente y banco, evitando así que la gran mayoría de pequeños ahorradores perdiese su dinero, ya esté en una cuenta o en un depósito bancario.
Pero, ¿qué es exactamente el Fondo de Garantía de Depósitos? ¿Quién lo financia y por qué? ¿Todos los bancos forman parte del mismo? En este artículo trataremos de explicar en qué consiste uno de los principales pilares del sistema económico español.
Historia del Fondo de Garantía de Depósitos
Todos hemos oído muchas veces hablar del clásico dinero bajo el colchón o del clásico ¿y si todos sacáramos el dinero del banco a la vez?, y la realidad es que es perfectamente legal tener todo el dinero que quieras debajo del colchón (siempre que puedas explicar ante una posible inspección de Hacienda de dónde proviene ese dinero).
Detrás de estos dos clásicos populares españoles se encuentra una cierta desconfianza hacia los bancos y cajas de ahorros, una desconfianza que no es difícil de explicar (ni probablemente inmerecida) debido a catástrofes como la de los activos tóxicos en 2008.
Sin embargo, siempre y cuando no tengamos más de 100.000€ en el banco, podemos estar completamente tranquilos ante la perspectiva de tener nuestro dinero en el banco, ya sea en una cuenta corriente, una cuenta de ahorro un depósito bancario. De hecho, y aunque como hemos mencionado sea legal todo el dinero en efectivo que queramos en casa, la realidad es que lo más recomendable es tenerlo en el banco debido a la seguridad que este ofrece respecto a catástrofes naturales (como inundaciones o incendios) o robos.
La fundación del Fondo de Garantía de Depósitos
Como es natural, esta desconfianza surge de la problemática derivada de la quiebra de un banco, y es por ello que existe un Real Decreto que obliga desde 1977 a todos los bancos, cajas de ahorro y cooperativas de crédito a cubrir las pérdidas de los depositantes en caso de que una entidad financiera sea insolvente.
La finalidad de este Real Decreto era la de proteger a todos los pequeños ahorradores, ya que aunque tengas más de 100.000€, la cantidad que te será restituida será equivalente a la que tuvieras ahorrada… hasta ese límite. Aunque no sea demasiado y lo ideal sería que se nos compensaran todas las pérdidas en caso de quiebra, la realidad es que hasta 2008 la cobertura era únicamente de 20.000€. Sin embargo, existen formas de ampliar ese límite que explicamos más abajo.
Su existencia garantiza la disciplina operativa de las entidades financieras y emula a entidades similares de otros países de la Unión Europea o Estados Unidos. Está gestionada y administrada desde su fundación por el Banco de España, nuestro banco central y que actúa de acuerdo a ordenamiento jurídico, pero con autonomía respecto a la Administración General del Estado. Actualmente forman parte del Fondo de Garantía de Depósitos un total de 116 instituciones, además del propio Banco de España.
¿Qué no está protegido por el Fondo de Garantía de Depósitos?
El FGD no cubre algunos productos financieros como, por ejemplo, los fondos de inversión. Esto supone un gran problema para todos aquellos que utilizan fondos de inversión o planes de pensiones para no solo blindar sus ahorros respecto a la inflación, sino además hacer que los ahorros trabajen generando rentabilidad.
Además de los fondos de inversión o los planes de pensiones, tampoco estarán protegidas por el FGD tus inversiones en bolsa, pagarés, bonos, obligaciones o seguros de ahorro.
¿Cómo se financia el Fondo de Garantía de Depósitos?
El Fondo de Garantía de Depósitos se financia con las aportaciones de las entidades que lo integran. Si bien en un primer momento los bancos debían aportar el equivalente al 1,2% de sus depósitos (es decir, de todo el dinero que la gente hubiese depositado en sus bancos), esta cantidad ha ido ascendiendo hasta el 2,5% de los activos computables.
Estas aportaciones van a parar al fondo del FGD, en el Banco de España, y se realizan en función de los plazos y fechas que marque la comisión encargada. Si el patrimonio del fondo alcanza una cantidad que se considera suficiente para responder ante una crisis bancaria plausible, el Ministerio de Economía y Empresa podría acordar con el Banco de España y las entidades una reducción en las aportaciones periódicas.
¿Cómo interviene el FGD?
Si un banco tuviese problemas patrimoniales, el Banco de España tiene autoridad para imponer medidas encaminadas a resolverlo con parte de los fondos de los socios del FGD.
Si el banco no consigue resolver los problemas patrimoniales, entrará en acción la una comisión gestora del FGD (integrada por 4 miembros del Banco de España y 4 miembros de la banca privada) para convocar una junta de accionistas que busque soluciones drásticas al problema.
Sin embargo, si esto no funcionase, se obligaría al banco a disolverse mediante proceso de quiebra o suspensión de pagos, encargándose el FGD de saldar la deuda con los depositantes hasta los mencionados 100.000€.
¿Cuánto tarda en devolverte el Fondo de Garantía de Depósitos tu dinero?
Si tu banco se hubiese declarado en quiebra o insolvencia, y estando dicho banco dentro del paraguas del FGD, el proceso para ti sería realmente sencillo, porque no tendrías que hacer absolutamente nada aparte de esperar.
En primer lugar, se activarían los pasos mencionados en el apartado anterior, y tras la conclusión de los mismos el banco estaría obligado a entregarle al FGD los datos de todos los depositantes y depósitos a los que no estén haciendo frente. Cuando el FGD comprueba tus datos, se pone en contacto contigo para que les digas a qué nueva cuenta quieres que te ingresen el dinero… y en menos de 7 días hábiles tendrás tu dinero de vuelta.
Preguntas frecuentes sobre el FGD
También conocido como FGD, es una entidad que garantiza hasta 100.000€ de tus ahorros en caso de que tu banco quiebre.
Cubre las cuentas corrientes, cuentas de ahorro y depósitos bancarios a plazo fijo.
El FGD cubre hasta 100.000€ por depositante y banco, con lo que si hay dos titulares en la cuenta, tendríais derecho a un total de 200.000€
Establezcamos un ejemplo: Si tenías dos cuentas, cada una con 90.000€ a tu nombre, una con ING y otra con Santander, tendrás derecho a recuperar los 180.000€
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